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ACUERDO COMERCIAL DE VENTA DIRECTA

Entre Boticario Colombia S.A.S., sociedad con domicilio en Bogotá identificada con NIT. 900.611.019-6, en adelante “OBOTICARIO”, y la persona natural que acepte el presente documento al inscribirse como emprendedor a través de la página web de OBOTICARIO que en adelante se denominará como la “EMPRENDEDORA”, identificada en el Formulario de Vinculación que hará parte de este Acuerdo (Anexo I), se ha decidido celebrar el presente Acuerdo Comercial de Venta Directa (el “Acuerdo”) sujeto a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO: OBOTICARIO venderá a la EMPRENDEDORA los productos que ésta solicite mediante orden de compra o pedido, de acuerdo con (i) el tope o suma máxima establecida por OBOTICARIO para la EMPRENDEDORA en el respectivo documento de cupo de crédito, el cual podrá ser modificado por OBOTICARIO de manera unilateral en cualquier momento; o (ii) de manera directa y sin crédito alguno. La EMPRENDEDORA entiende que OBOTICARIO definirá de manera independiente y discrecional si otorga o no crédito a la EMPRENDEDORA cuando esta se inscriba en la Página Web.. Los productos vendidos por OBOTICARIO a la EMPRENDEDORA serán para su uso y consumo propio, o para revenderlos a domicilio bajo su propia cuenta y asumiendo el riesgo y los perjuicios derivados de su actividad comercial. La EMPRENDEDORA asumirá todos los gastos relacionados con la adquisición y reventa de los productos comprados.

Parágrafo Primero: A efectos de que la EMPRENDEDORA pueda adquirir los Productos, se generará un código de acceso a la página en la que se realizan pedidos, código que será personal e intransferible, siendo la EMPRENDEDORA responsable por cualquier manejo inadecuado o no autorizado que se realice con dicho código. Bajo ninguna circunstancia OBOTICARIO será responsable por el uso o actividades que se realicen con el código de acceso generado a la EMPRENDEDORA.

Parágrafo Segundo: La EMPRENDEDORA garantiza que en el caso de realizar la reventa de los productos a los que se refiere este Acuerdo, únicamente realizará dicha reventa a domicilio, por lo que no le está permitido exponerlos y/o venderlos a través de ninguna clase de locales comerciales, tales como almacenes, tiendas, stands, mercados, farmacias, droguerías o establecimientos comerciales en general, vías públicas o similares, ni realizar acuerdos con terceros para exhibir, ofrecer o cualquier otro, los productos en los comercios de dichos terceros. En todo caso, las Partes entienden que la EMPRENDEDORA podrá realizar la reventa de los productos adquiridos a través de portales de comercio electrónico, páginas web propias o de terceros, o a través de redes sociales o medios tecnológicos similares. En todo caso, la reventa de los productos por parte de la EMPRENDEDORA a través de cualquier otro medio diferente al expresamente autorizado en este documento se considerará como un incumplimiento del presente y dará lugar a cancelar y no aceptar pedidos de la EMPRENDEDORA. La EMPRENDEDORA podrá vender los productos a los precios sugeridos en los catálogos de OBOTICARIO.

En todo momento la EMPRENDEDORA deberá respetar las marcas de OBOTICARIO y comportarse como un buen hombre de negocios frente a los demás emprendedores, frente a OBOTICARIO y frente a terceros, y cualquier incumplimiento de lo anterior dará lugar a la finalización del Acuerdo de manera inmediata. La EMPRENDEDORA se compromete en todo momento a cumplir el Código de Conducta de Oboticario. OBOTICARIO sugiere que los precios de venta a terceros de los Productos no sean inferiores a los establecidos en el catálogo de venta.

Parágrafo Tercero: De tiempo en tiempo OBOTICARIO establecerá los beneficios adicionales a los que la EMPRENDEDORA tendrá derecho por su vinculación mediante el presente Acuerdo, tales como descuentos, premios, bonificaciones e incentivos. OBOTCARIO publicará este documento para los emprendedores(as) en general, por el medio que considere apropiado, así como las diferentes campañas o ciclos de los que los emprendedores(as) podrán beneficiarse. En cualquier caso OBOTICARIO no estará obligado a ofrecer beneficios.

Parágrafo Cuarto: Los productos y mercancías adquiridos por la EMPRENDEDORA, serán entregados en la dirección que consta en el Anexo I, salvo que la EMPRENDEDORA opte por retirarlos en los puntos de apoyo establecidos por OBOTICARIO, lo cual deberá notificar a OBOTICARIO al momento de realizar el pedido.

Parágrafo Quinto: LA EMPRENDEDORA deberá una vez recibidos los productos, verificar inmediatamente su pedido de tal forma que el mismo cumpla con las condiciones requeridas. En los casos en que la EMPRENDEDORA observe que alguno de los pedidos no cumple con las condiciones requeridas, deberá informar inmediatamente a OBOTICARIO, y a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes, su inconformidad, so pena de que se entienda aceptado el pedido en las condiciones recibidas. Cualquier inconformidad que la EMPRENDEDORA presente fuera del citado término no será aceptada.

SEGUNDA.- PRECIO Y FORMA DE PAGO: El valor de este Acuerdo es indeterminado pero determinable. En este sentido, la EMPRENDEDORA se obliga a pagar el precio de los productos adquiridos a OBOTICARIO en el plazo y forma establecidos en cada factura, y siguiendo para ello el procedimiento establecido por OBOTICARIO. El precio unitario de los productos será el informado por OBOTICARIO a la EMPRENDEDORA según cada campaña o cada vez que los precios sean modificados. Las facturas presentadas por OBOTICARIO se presentarán según cada pedido realizado aplicando los precios del citado anexo. En el caso de que no se establezca el término de pago dentro de la respectiva factura, cada factura deberá ser cancelada por la EMPRENDEDORA dentro de los 30 días siguientes a la fecha de emisión de la misma.

Parágrafo Primero.- Intereses Moratorios: Si la EMPRENDEDORA no efectúa el pago de los productos dentro del plazo establecido en cada factura, OBOTICARIO podrá cobrar desde el primer día de mora, intereses moratorios sobre la suma adeudada, a la máxima tasa legal permitida según sea certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, y proceder con la cancelación y suspensión de los pedidos hasta que la EMPRENDEDORA realice el pago de los valores adeudados. Así mismo, la EMPRENDEDORA autoriza a OBOTICARIO a determinar y cobrar una suma por concepto de gastos de cobranza por cada factura en mora.

Parágrafo Segundo.- Cláusula Aceleratoria: OBOTICARIO podrá dar por terminado el plazo concedido para el pago de los productos y hacer exigible la totalidad del saldo a su favor en los siguientes casos: (i) Por el retardo o incumplimiento parcial o total de cualquiera de las facturas emitidas por OBOTICARIO; y (ii) Por muerte de la EMPRENDEDORA o cuando se encuentre incursa en un proceso de insolvencia.

Parágrafo Tercero.- Garantía de pago. Pagaré con Espacios en Blanco y Carta de Instrucciones: De ser requerido por OBTOICARIO, la EMPRENDEDORA suscribirá a favor de OBOTICARIO un pagaré con espacios en blanco y su correspondiente carta de instrucciones, como garantía del pago de las facturas a ser emitidas en el marco de este Acuerdo, dicho documento se incorporará al presente como Anexo II. El documento será remitido a la dirección indicada por la EMPRENDEDORA en el Anexo I y deberá ser devuelto a OBOTICARIO en original, a su dirección de notificación.

TERCERA.- INDEPENDENCIA Y AUTONOMÍA DE LA RELACIÓN: La EMPRENDEDORA es independiente y autónoma en el desarrollo de su negocio de reventa de los productos de OBOTICARIO. Las Partes han acordado ejecutar el presente Acuerdo en igualdad de condiciones y nada de lo aquí estipulado creará entre ellas una sociedad de hecho o derecho, asociación o relación de subordinación, ni podrá la EMPRENDEDORA considerarse agente o empleada de OBOTICARIO. Las operaciones, contratos o relaciones comerciales que realice la EMPRENDEDORA con otras personas respecto a los productos adquiridos a OBOTICARIO serán a su propio nombre, cuenta y riesgo, sin que la EMPRENDEDORA se considere agente comercial, representante o apoderada de OBOTICARIO, por lo que los beneficios o pérdidas que le generen tales relaciones serán exclusivamente de la EMPRENDEDORA, a quien le está prohibido actuar o comprometerse en nombre de OBOTICARIO. Bajo ninguna circunstancia la EMPRENDEDORA tendrá derecho a remuneraciones o compensaciones por la ejecución o terminación de este Acuerdo. El presente Acuerdo no será entendido como que constituye o configura una agencia comercial, por lo tanto en el caso en que algún juez de la República o tribunal competente considere que existe una relación de agencia comercial, las Partes expresamente convienen la renuncia de la EMPRENDEDORA a las prestaciones de que trata el inciso primero del artículo 1324 del Código de Comercio en atención a los pronunciamientos jurisprudenciales que así lo han reconocido.

CUARTA.- NO EXCLUSIVIDAD: La relación comercial entre OBOTICARIO y la EMPRENDEDORA no será de carácter exclusivo, por lo que la EMPRENDEDORA podrá vender productos de otras marcas. Igualmente, OBOTICARIO podrá vender sus productos a cualquier tercero que lo solicite. La EMPRENDEDORA no está obligada a revender los productos adquiridos a OBOTICARIO a los precios sugeridos por éste en sus catálogos y revistas publicitarias, siendo responsable de manera independiente por los precios a los que revenda los productos o por cualquier descuento o beneficio que ofrezca a sus clientes, no siendo los mismos trasladables a OBOTICARIO.

QUINTA.- PROPIEDAD INTELECTUAL: La EMPRENDEDORA se obliga a no usar los nombres, marcas, o cualquier otro protegido por derechos de autor, expresiones de propaganda y demás derechos de propiedad intelectual de OBOTICARIO, ni cualquier activo que pertenezca o haya sido licenciado a OBOTICARIO o a sus afiliadas sin el consentimiento previo, expreso y escrito de OBOTICARIO, autorización que se entenderá siempre con carácter limitado. La EMPRENDEDORA se obliga a no realizar actos que puedan afectar o vulnerar los derechos de propiedad intelectual de OBOTICARIO, ni afectar de cualquier modo el nombre, reputación, activos, derechos y marcas de OBOTICARIO y no promover, vender, usar o asociar de manera incorrecta productos y/o servicios de terceros con el nombre o las marcas de OBOTICARIO. Bajo ninguna circunstancia la EMPRENDEDORA podrá copiar, duplicar, alterar, reproducir, crear, materiales con las marcas, nombres, o cualquier otro protegido por derechos de autor de OBOTICARIO y en la reventa de los productos solamente podrá utilizar materiales impresos o electrónicos que sean puestos a su disposición por OBOTICARIO.

SEXTA.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA EMPRENDEDORA: Además de los derechos y obligaciones establecidos en la ley y a lo largo del presente documento, serán obligaciones y derechos específicos de la EMPRENDEDORA los siguientes:

1 - Formular preguntas, consultas o aclaraciones a OBOTICARIO respecto de los productos, este Acuerdo y demás aspectos relacionados con la ejecución del mismo.

2 - Solicitar información relevante relacionada con los pagos realizados respecto del presente Acuerdo, así como con los beneficios que como EMPRENDEDOR eventualmente decida otorgar OBOTICARIO.

3 - Deberá recibir los productos comprados a OBOTICARIO en forma oportuna y correcta en cuanto a su cantidad y calidad, no pudiéndose negar a recibirlos salvo que exista una razón justificada y probada para negarse.

4 - Podrá recibir información sobre las características de los productos OBOTICARIO así como sobre las garantías de los mismos.

5 - La EMPRENDEDORA está obligada a actualizar sus datos de contacto e informarle OBOTICÁRIO cualquier modificación de los mismos. En el caso en que la EMPRENDEDORA no actualice su información, OBOTICARIO no será responsable por cualquier incumplimiento que se pueda generar en la entrega de los pedidos;

6 - La EMPRENDEDORA está obligada a cumplir con los deberes y obligaciones derivados de la actividad comercial que desarrolle.

7 - Cumplir con todos los requisitos legales y fiscales que establezca la normatividad colombiana vigente, así como también con las disposiciones establecidas en el Estatuto del Consumidor, Ley Estatutaria de Protección de Datos Personales y demás legislaciones aplicables y se obliga a entregar a OBOTICARIO la prueba del cumplimiento de tales obligaciones cuando ésta se lo solicite, debiendo responder civil, penal y administrativamente por las infracciones cometidas y perjuicios causados a OBOTICARIO y/o a terceros. Igualmente, la EMPRENDEDORA deberá en todo momento dar cumplimiento a las normas de promoción de la competencia leal dentro del régimen de libre iniciativa y la armonía de las relaciones de consumo en la venta directa.

8 - La EMPRENDEDORA está obligada a no realizar actos que puedan dañar o poner en peligro la reputación de OBOTICARIO, o afectar de alguna manera su buen nombre comercial o cualquiera de sus marcas.

9 - La EMPRENDEDORA está obligada a no realizar actividades que sean consideradas como contrarias a la moral, buenas costumbres o la legislación aplicable.

10 - La EMPRENDEDORA está obligada a presentar y revender los productos de OBOTICARIO en su forma y empaque original, explicar sus usos y prevenir sobre su uso inapropiado, de acuerdo con la información contenida en la etiqueta.

11 - La EMPRENDEDORA está obligada a pagar de forma oportuna y completa el precio de los productos adquiridos a OBOTICARIO, dentro de lo plazo establecido en cada factura, o en su defecto en el plazo establecido en este Acuerdo y siguiendo el procedimiento debidamente notificado por OBOTICARIO. En el caso en que la venta sea sin crédito, la EMPRENDEDORA deberá pagar los productos en un plazo no mayor a veinticuatro (24) horas posteriores al momento de realización del respectivo pedido. En el caso en que la EMPRENDEDORA no realice el citado pago dentro del término mencionado la EMPRENDEDORA entiende y acepta que el pedido no será liberado hasta tanto el pago sea efectivo.

12 - La EMPRENDEDORA autoriza a OBOTICARIO o a las empresas licenciatarias de las marcas de OBOTICARIO el uso gratuito de su imagen, nombre, voz o cualquier contenido producido por la EMPRENDEDORA, durante la vigencia de la relación contractual, pudiendo ser utilizadas en todo el mundo, y en cualquier tipo de medios de comunicación ya sea verbal, escrito o electrónico, y a cualquier audiencia, sin que esto genere a favor dela EMPRENDEDORA contraprestación alguna.

13 - Utilizar el código de acceso entregado de manera responsable y únicamente para las finalidades de ejecutar el Contrato. Cualquier uso inadecuado o mal uso del mismo será responsabilidad exclusiva de la EMPRENDEDORA.

14 - La EMPRENDEDORA declara y se obliga a: (I) tener como premisa el respeto y profesionalismo en las relaciones con terceros; (II) actuar de manera íntegra en la reventa de los productos sin que esto genere situaciones sospechosas o que puedan dar lugar a una violación de las normas; (III) abstenerse de manifestar su opinión personal o juicio de valor en el contacto con terceros, sea en relación al OBOTICARIO, las actividades realizadas, o los productos de OBOTICARIO, ya que no es representante, o agente, tampoco procurador de la marca, pero sí revendedor autónomo; (IV) observar las directrices del Código de Conducta del Grupo Boticário, disponible en www.compliancegrupoboticario.com.br; (V) velar por la imagen de la marca, resguardándola de situaciones vejatorias o que puedan exponerla de forma negativa ante terceros.

15 - Cumplirá con todas las demás obligaciones que por naturaleza de este Acuerdo le sean exigibles.

SEPTIMA.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE OBOTICARIO: Además de los derechos y obligaciones establecidos en la ley y en el presente Acuerdo, OBOTICARIO:

1 - Tendrá derecho a que la EMPRENDEDORA le pague de forma oportuna y completa el precio de los productos, de acuerdo con el plazo establecido en cada factura, y siguiendo el procedimiento establecido por OBOTICARIO para ello.

2 - Estará obligado a facilitar a la EMPRENDEDORA la información necesaria para la ejecución de este Acuerdo.

3 - Otorgar, a su exclusivo criterio, y en caso de ser aplicable, un cupo de crédito a la EMPRENDEDORA señalando un límite máximo para sus pedidos.

4 - Asignar a la EMPRENDEDORA el código de acceso cuando esto sea procedente.

5 - Entregará los pedidos a la EMPRENDEDORA de acuerdo con los tiempos de entrega del operador logístico que esté a cargo de la operación. Bajo ninguna circunstancia OBOTICARIO estará obligado a realizar la entrega en un periodo de tiempo determinado ya que los tiempos no dependen exclusivamente de ella. En todo caso, OBOTICARIO podrá no realizar la entrega de los Productos cuando se presenten circunstancias de caso fortuito, fuerza mayor, incumplimientos de la EMPRENDEDORA o cualquier otra circunstancia que haga imposible la entrega de los productos a tiempo. En cualquier caso OBOTICARIO informará, en la medida de lo posible, a la EMPRENDEDORA sobre cualquier cambio en la entrega.

OCTAVA.- DURACIÓN Y TERMINACIÓN DEL ACUERDO: El presente Acuerdo tendrá una duración indefinida. En cualquier caso, el Acuerdo podrá darse por terminado en los siguientes eventos:

  1. Cualquiera de las Partes podrá dar por terminado este Acuerdo de manera unilateral en cualquier momento y por cualquier causa, mediante aviso escrito a la otra Parte, que podrá efectuarse por medio físico o electrónico. La terminación en estos casos no dará lugar a indemnización alguna a favor de cualquiera de las Partes. No obstante, la EMPRENDEDORA estará obligada a realizar el pago de las obligaciones pendientes a la fecha, incluido pero sin limitarse al pago de las facturas emitidas o de los productos cuyo pedido hubiese sido radicado antes de la fecha de terminación.

  2. OBOTICARIO podrá dar por terminado este Acuerdo de manera automática y sin que medie aviso escrito en los siguientes casos: (i) Incumplimiento por parte de la EMPRENDEDORA de cualquier cláusula de este Acuerdo; (ii) Falta de pago oportuno de cualquier factura por parte de la EMPRENDEDORA; (iii) Venta de los productos violando las directrices del Código de Conducta de Boticário; (iv) Cuando se pueda evidenciar que la información suministrada por la EMPRENDEDORA, antes de la celebración de este Acuerdo o durante vigencia del mismo, no sea correcta o verídica; (v) Cuando la EMPRENDEDORA permanezca inactiva en la compra de productos durante seis (6) o más ciclos o campañas (vi) por orden expresa de autoridad competente; (vii) por causales de caso fortuito o fuerza mayor que no sean superadas en un término de treinta (30) días calendario.

  3. Se entenderá por Ciclos o Campañas: Mecánicas promocionales basadas en fechas especiales, conmemorativas, lanzamiento de productos o estrategias de marketing, con fecha de inicio y fin predefinidos, con una duración media de treinta (30) días calendario.

Parágrafo primero: No obstante, la terminación del Acuerdo por cualquier causa, las obligaciones pendientes permanecerán vigentes y deberán ser cumplidas por la parte que corresponda.

Parágrafo segundo: En cualquiera de los casos mencionados en la presente cláusula la EMPRENDEDORA estará obligada a realizar el pago de las obligaciones pendientes a la fecha, incluido, pero sin limitarse la de las facturas emitidas o de los productos cuyo pedido hubiese sido radicado antes de la fecha de terminación.

Parágrafo tercero: En el caso de suspensión del Acuerdo y una vez corregido el eventual incumplimiento financiero o contractual, la EMPRENDEDORA podrá tener su código de acceso reactivado, debiendo para tal fin contractar a OBOTICARIO.

NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: Por la firma del presente Acuerdo, la EMPRENDEDORA; otorga su consentimiento previo, expreso e informado y autoriza, a OBOTICARIO como responsable del tratamiento de los datos, y a las demás sociedades del grupo y/o terceros vinculados o relacionados con ésta, ubicados dentro y fuera de territorio nacional, de acuerdo con lo establecido en las Leyes 1266 de 2008 y 1581 de 2012, y el Decreto 1377 de 2013 (y las normas que los modifiquen, adicionen o complemente) para:

(i) Recolectar, almacenar, mantener, usar, archivar y transferir los datos personales que proporcione en la ejecución del Acuerdo así como aquellos incorporados en los formatos que diligencia la EMPREDEDORA los cuales proporcionará en desarrollo de la relación comercial para el desarrollo de su actividad económica y comercial, con las finalidades establecidas en este documento y así como en la autorización de tratamiento de datos personales que ha aceptado al realizar la inscripción como EMPRENDEDORA y que hace parte de este Acuerdo como Anexo III;

(ii) Verificar la veracidad de los datos suministrados por la EMPRENDEDORA;

(iii) Consultar toda la información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de otros países, referente a las relaciones comerciales de la EMPRENDEDORA con el sistema financiero, comercial y de servicios, o de cualquier sector, tanto en Colombia como en el exterior, en cualquier tiempo;

(iv) Reportar, consultar y divulgar a cualquier operador y/o fuente de información legalmente establecido, toda la información referente al comportamiento comercial de la EMPRENDEDORA que se relacione con el nacimiento, ejecución, modificación, liquidación y/o extinción de las obligaciones que se deriven del presente contrato, en cualquier tiempo;

(v) Consultar, en cualquier tiempo, en cualquier base de datos manejada por un operador, toda la información relevante para conocer su desempeño como deudor, su capacidad de pago, la viabilidad para entablar o mantener una relación contractual y en general para la gestión del riesgo financiero y crediticio, esto es, la iniciación, mantenimiento y recuperación de cartera, actividades relacionadas con la prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo, y prevención del fraude.

(vi) Reportar a centrales de riesgo o a cualquier base de datos manejada por un operador datos, tratados o sin tratar, sobre el cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones crediticias, sus deberes legales de contenido patrimonial, sus datos de ubicación y contacto, sus solicitudes de crédito así como otros atinentes a sus relaciones comerciales, financieras y en general socioeconómicas que haya entregado o que consten en registros públicos, bases de datos públicas o documentos públicos. El reporte de la mencionada información tendrá como finalidad que los diferentes Usuarios realicen actividades relacionadas con la gestión del riesgo financiero y crediticio, esto es, la iniciación, mantenimiento y recuperación de cartera, actividades relacionadas con la prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo, prevención del fraude y los demás autorizados por la ley. En cualquier caso, la EMPRENDEDORA podrá en cualquier momento corroborar en las centrales de riesgo a la cual se hayan suministrado los datos, que la información suministrada es veraz, completa, exacta y actualizada, y en caso de que no lo sea, a que se deje constancia de su desacuerdo, a exigir la rectificación y a ser informado sobre las correcciones efectuadas;

(vii) Transferir y/o transmitir a las empresas matrices, afiliadas o vinculadas a OBOTICARIO en todo el mundo, a sus proveedores o a terceros relacionados con la operación administrativa/comercial/económica de OBOTICARIO, tales como: servicios de verificación de información, cobranza y recaudos, capacitación, investigación de mercado, puntos de pago, entre otros, o que le presten servicios a OBOTICARIO, incluso cuando dichas compañías se encuentren fuera de Colombia en países con niveles de protección de datos diferentes a los consagrados por la regulación local aplicable;

(viiii) Ubicar mediante georreferenciación;

(ix) Enviar e-mail, SMS, mensaje a través de WhatsApp y correspondencia, para comunicar contenido informativo, materiales promocionales, propaganda y eventuales beneficios para la EMPRENDEDORA.

Parágrafo Primero. Para el ejercicio de sus derechos como titular de la información personal objeto de tratamiento los cuales incluyen aquellos establecidos en el artículo 8 de la ley 1581 de 2012, la EMPRENDEDORA podrá comunicarse con OBOTICARIO, a través del siguiente Correo electrónico: ventadirecta@grupoboticario.com.co.

Parágrafo Segundo. En el caso en que la EMPRENDEDORA recolecte información personal de sus clientes, la misma será responsabilidad exclusiva de la EMPRENDEDORA, debiendo dar cumplimiento la EMPRENDEDORA a la regulación aplicable en materia de protección de datos.

Parágrafo Tercero. La EMPRENDEDORA será única y exclusivamente responsable por los códigos de acceso, usuarios o claves de acceso que se le otorguen para la realización de pedidos de los productos. En este sentido, cualquier mal uso o uso indebido, pérdida o uso por terceros de dichas claves, códigos o usuarios que se entienden como un dato personal, será de exclusiva responsabilidad de la EMPRENDEDORA.

DÉCIMA.- CESIÓN: La EMPRENDEDORA no podrá ceder, delegar o transferir de la cualquier forma su posición contractual en este contrato, ni los derechos y obligaciones derivados del mismo, sin el consentimiento previo, expreso y escrito de OBOTICARIO.

DÉCIMA PRIMERA.- CUMPLIMIENTO DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO: La EMPRENDEDORA declara bajo la gravedad del juramento, el cual se entiende prestado con la firma de este Acuerdo, lo siguiente: (i) Que la totalidad de los recursos a ser usados para pagar los productos de OBOTICARIO tienen origen en actividades licitas; (ii) Que no tiene relaciones con personas u organizaciones dedicadas a actividades delictivas y que tampoco contribuye en modo alguno a la financiación, mantenimiento o realización de conductas al margen de la ley y/o terroristas y por lo tanto los recursos que se deriven del presente contrato no serán destinados para tales fines; (iii) Que todas las actividades que realiza se ajustan al ordenamiento jurídico colombiano y que todos los activos que utiliza para la realización de dichas actividades tienen origen y destinación lícita. Las Partes acuerdan que en el caso en que la EMPRENDEDORA sea incluida en listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo administradas por cualquier autoridad gubernamental, incluyendo pero sin limitarse a la lista de nacionales especialmente designados y personas bloqueadas (la “Lista SDN”) de la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento de Hacienda de los Estados Unidos de Norteamérica (“OFAC”) y la lista de personas naturales o jurídicas sancionados (la “Lista EU”) de la Unión Europea el Acuerdo podrá darse por terminado de manera inmediata y sin lugar a indemnización alguna a favor de la EMPRENDEDORA.

DÉCIMA SEGUNDA.- DECLARACIONES DLA EMPRENDEDORA: La EMPRENDEDORA entiende y acepta: (i) Que antes de aceptar este Acuerdo ha tenido acceso al texto completo del mismo y contó con un tiempo razonable para su lectura y comprensión; (ii) Que tuvo acceso a información suficiente sobre las características de los productos OBOTICARIO y sus garantías; (iii) Que OBOTICARIO le suministró información clara y precisa sobre los beneficios y obligaciones derivados de su vinculación como EMPRENDEDOR; (iv) Que OBOTICARIO le suministró información suficiente sobre las condiciones y naturaleza jurídica de este acuerdo y del negocio de venta directa que podrá ser desarrollado en el marco del mismo; (v) Que OBOTICARIO le suministró información suficiente sobre la forma operativa del negocio, y los lugares para recibir información y apoyo de OBOTICARIO; (vi) Que OBOTICARIO le ha dado acceso a material de capacitación, referencias y guías de información sobre las actividades a realizar en el marco de este contrato; (vii) Que ha sido informado que OBOTICARIO cuenta con una oficina abierta al público en la Calle 127 # 13A–12, Oficina 501, de Bogotá D.C.; (viii) que es plenamente capaz para o ejercicio de la actividad de emprendedor; (vix) entiende que cualquier usuario, contraseña, clave de acceso o cualquier similar que le sea otorgado conforme a este Acuerdo es de uso personal e intransferible; (ix) que la información que ha suministrado y suministrará a OBOTICARIO es veraz y le pertenece, por lo que defenderá y mantendrá indemne a OBOTICARIO ante cualquier requerimiento, demanda o queja.

DÉCIMA TERCERA.- DISPOSICIONES VARIAS: La nulidad de cualquier disposición de este Acuerdo no implicará la nulidad de las demás, que permanecerán en vigor. La falta de aplicación de las sanciones aquí previstas, así como la abstención al ejercicio de cualquier derecho aquí otorgado a las partes, serán consideradas actos de mera tolerancia y no implicarán renuncia al derecho, pudiendo las partes ejercerlo en cualquier momento. La EMPRENDEDORA conoce y acepta que las declaraciones consagradas en esta cláusula son ciertas y permanecerán como tal durante todo el tiempo que permanezca vigente el Acuerdo.

Parágrafo Único. Los anexos del presente Acuerdo forman parte integrante del mismo: Anexo I – Formulario De Vinculación Anexo II - Pagaré y Carta de Instrucciones en caso de aplicar. Anexo III - Autorización tratamiento de datos personales para emprendedores

DÉCIMA CUARTA.- MODIFICACIONES: OBOTICARIO se reserva el derecho de realizar modificaciones a los términos y condiciones establecidos en el presente Acuerdo en cualquier momento, por lo que el EMPRENDEDOR deberá estar constantemente revisando los mismos y estando al tanto de la última versión. En todo caso OBOTICARIO enviará una notificación de modificación al correo y vía mensaje de texto (SMS) al número registrado de la EMPRENDEDORA para que ésta pueda realizar la revisión pertinente.

DÉCIMA QUINTA. LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLES: Este Acuerdo se regirá por la ley colombiana. Las Partes acuerdan que en caso de surgir diferencias o discrepancias entre ellas, por razón o con ocasión del presente Acuerdo, las mismas serán resueltas mediante amigable composición o el arreglo directo. Para tal efecto, las Partes contarán un término de treinta (30) días calendario prorrogables de común acuerdo, para resolver el problema presentado. En el caso de no llegar a un acuerdo toda controversia o diferencia sobre este Acuerdo, se resolverá por la justicia ordinaria en los tribunales de la República de Colombia. A todos los efectos las Partes acuerdan que el lugar de ejecución del Contrato es Bogotá.

DÉCIMO SEXTA. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA VENTA DE MUESTRAS:

1- Objeto: Estos términos y condiciones rigen la venta de muestras por parte de Boticário Colombia a sus emprendedores a nivel nacional.

2- Objetivo: El propósito de la venta de muestras a los emprendedores de Boticário Colombia es presentar los productos a los clientes, con el objetivo de comprender mejor sus características y poder adquirir los productos.

3- Productos y Descripción: Las muestras ofrecidas corresponden a productos que están descritos y ofertados detalladamente en nuestro catálogo. Se hace el mejor esfuerzo para proporcionar descripciones precisas y fotografías representativas de las muestras, sin embargo, pueden variar ligeramente en apariencia, contenido y color.

4- Precio y Pagos: Los precios de las muestras se establecen en función de su tamaño, calidad y otros factores relevantes. Los precios están sujetos a cambios sin previo aviso. Los emprendedores deben pagar el precio total al momento de realizar el pedido, a menos que se acuerde lo contrario.

5- Fecha de Caducidad: Las muestras de los productos de Boticario Colombia sólo deben usarse para cualquier demostración si se encuentran dentro de la fecha de caducidad, y desecharse o reciclarse si este plazo vence.

6- Prohibición de comercialización: Los emprendedores deberán abstenerse de comercializar a cualquier título las muestras de los productos de Boticario Colombia con terceros, pues entienden y aceptan que se trata de productos no aptos para la venta al público.

7- Envío: El emprendedor es responsable de los costos de envío y manejo, a menos que se especifique lo contrario. Nos esforzamos por entregar las muestras en el menor tiempo posible, sin embargo, no podemos garantizar plazos de entrega exactos debido a factores fuera de nuestro control.

8- Devoluciones y Reembolsos: No se aceptan devoluciones ni cambios en las muestras, a menos que estén dañadas o sean defectuosas. En tales casos, el emprendedor debe informarnos por medio de los canales de Atención al Cliente SAC dentro de los [3] días posteriores a la recepción de la muestra y proporcionar pruebas fotográficas del daño o defecto. Nos reservamos el derecho de determinar si se otorgará un reembolso o un reemplazo.

9- Propiedad Intelectual: Todas las muestras vendidas siguen siendo propiedad exclusiva de Boticario Colombia y no se permite la reproducción, distribución o venta no autorizada de las mismas.

10- Limitación de Responsabilidad: En ningún caso Boticario Colombia será responsable de daños directos o indirectos que surjan de la venta o uso de las muestras, incluso si se ha advertido de la posibilidad de tales daños.

11- Ley Aplicable: Estos términos y condiciones se rigen por las leyes de Colombia y cualquier disputa que surja en relación con ellos se resolverá exclusivamente ante la justicia ordinaria.

12- Al realizar un pedido de muestras, el cliente acepta y se compromete a cumplir con estos términos y condiciones en su totalidad.

Las presentes condiciones comerciales se entienden aceptadas por la EMPRENDEDORA al momento de vincularse con OBOTICARIO y generar un código de acceso, login, o contraseña. Cualquier pedido que la EMPRENDEDORA realice será regido por este documento.